nota realizada por el Doctor Mario Vadillo
El Congreso recortó la Zona Fría y unos 3,35 millones de usuarios perderán el beneficio automático. Pero hay algo que casi nadie está mirando: seguimos pagando un recargo del 7,5% para financiar un Fondo que ahora tendrá que afrontar muchas menos compensaciones. La próxima factura puede abrir una nueva batalla de los consumidores.
LA CUENTA QUE EL GOBIERNO TIENE QUE MOSTRAR
El artículo 75 de la Ley 25.565 creó el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas. Su finalidad es financiar las compensaciones del régimen diferencial y se sostiene fundamentalmente con un recargo sobre el precio del gas en el PIST.
Hoy ese recargo está efectivamente fijado en 7,50% por la Resolución 1909/2025 del Ministerio de Economía. La ampliación de 2021 había llevado el régimen desde aproximadamente 950.000 hasta más de 4 millones de hogares. Ahora, la reforma elimina el beneficio territorial automático para alrededor de 3,35 millones de usuarios, aunque una parte podrá acceder a asistencia focalizada por su situación socioeconómica.
Entonces la pregunta es elemental: si el Fondo tendrá que pagar muchas menos compensaciones, ¿por qué los usuarios deberíamos seguir aportando el mismo 7,5%?
Una cuenta meramente proporcional muestra la magnitud del asunto: si el costo del Fondo efectivamente cayera un 80%, el equivalente de un recargo del 7,5% sería aproximadamente 1,5%.
Eso no significa que el nuevo recargo deba ser necesariamente 1,5%. Los usuarios que permanecen en Patagonia, Puna y Malargüe pueden consumir mucho más gas y subsistirá asistencia focalizada. Lo que sí tiene que hacer Economía es publicar la nueva cuenta: cuánto recauda, cuánto deberá pagar y qué porcentaje necesita realmente.
GUARDÁ LA FACTURA: PODÉS RECLAMAR
La propia normativa permite modificar el recargo y el Ministerio de Economía ya lo ha recalculado anteriormente según proyecciones económico-financieras del Fondo.
Por eso, cuando empiecen a llegar las facturas con el nuevo régimen, cada usuario podrá preguntar: ¿por qué me siguen cobrando este porcentaje?
Si no existe una justificación técnica actualizada, el usuario podrá impugnar el recargo, exigir información y reclamar la reliquidación de cualquier suma eventualmente cobrada en exceso. Y si el mismo problema aparece en millones de facturas, los artículos 42 y 43 de la Constitución Nacional abren la puerta a la tutela colectiva de los consumidores. Ahí aparece el amparo colectivo.
Y HAY US$1.842 MILLONES QUE TAMBIÉN MERECEN UNA LUPA
La misma reforma incorpora, en su artículo 4°, un mecanismo de reconocimiento de activos regulatorios a determinadas distribuidoras eléctricas, que podrán ser compensados con obligaciones frente a CAMMESA. La deuda acumulada de las distribuidoras con CAMMESA fue informada en alrededor de US$1.842 millones.
No corresponde afirmar que esos US$1.842 millones vayan a salir del Fondo de Zona Fría: la ley no establece eso. Pero la coincidencia obliga a estar atentos.
Si después de achicar Zona Fría sobra dinero y algún acto posterior pretende derivar recursos de este Fondo hacia CAMMESA, distribuidoras eléctricas, una futura “Zona Cálida” u otro destino no autorizado por su régimen legal, aparecería un segundo conflicto mucho más serio: ya no discutiríamos cuánto nos cobran, sino qué hacen con nuestra plata.
TRES NÚMEROS QUE EL GOBIERNO DEBE MOSTRAR
- Cuánto recauda el Fondo.
- Cuánto necesita después del recorte.
- Adónde va cualquier excedente.
Si necesitás menos plata, cobrame menos. Si querés seguir cobrándome el 7,5%, mostrame las cuentas.
Guardá la próxima factura. El reclamo puede empezar ahí.
Fuentes normativas y de referencia
- Artículo 75, Ley 25.565 – Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas.
- Resolución 1909/2025 del Ministerio de Economía – alícuota del recargo.
- Artículos 42 y 43 de la Constitución Nacional – derechos de usuarios y tutela colectiva.
- Artículo 4° de la reforma sancionada – mecanismo de activos regulatorios del sector eléctrico y compensaciones vinculadas a CAMMESA.




